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AutorRespuesta No: 333067
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Noviembre de 2013 12:35 2013-11-25 12:35 desde IP: 187.162.210.121
Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, a efecto que lo manden citar a una audiencia de conciliación administrativa en la que se le exija que, de inmediato, les pague los salarios adeudados, y en caso de no hacerlo, se proceda a prsentar las demandas correspondientes y se solicite el embargo precautorio de todos los bienes o la intervención del establecimiento.
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