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  • Consulta : 214572
  • Autor : Alberto Garcíaa
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  • Autor
    Respuesta No: 332832

  • Alberto Garcíaa
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, se tendria que revisar a detalle el contrato y su clausulado, sin embargo pronuncio mi opinion de la siguiente manera

    Suponiendo que la parte vendedora no entrego el aviso de terminación de obra a los 100 dias, se hace acreedor a la penalidad..

    No entiendo por que el comprador dejo de pagar  si de lo que nos resume se desprende que tendria que pagar "desde la firma del presente contrato de compra-venta hasta la firma del contrato definitivo." osea hasta la firma del contrato, no hasta la entrega en tiempo del aviso de terminación de obra...

    Por lo que el vendedor se coloco en una condición de incumplimiento aun mas grave que la del vendedor..

    En todo caso ambas partes incumplieron...

     

    Saludos