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AutorRespuesta No: 341375
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Febrero de 2014 10:00 2014-02-24 10:00 desde IP: 189.212.205.133
Si usted fue despedido, como lo señala en su consulta, el 7 de noviembre de 2013, y a la fecha no ha entablado ninguna demanda en contra de la empresa en la que fue despedido, déjeme decirle entonces que su derecho a reclamar la indemnización constitucional y prima de angiüedad, ya prescribió, pues la demanda debió presentarla ANTES de que transcurrieran dos meses, contados a partir de la fecha en que fue despedido.
En tal caso, solamente podrá demandar el pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, así como el fondo de ahorro, para lo cual, deberá iniciar el juicio antes de que transcurra un año.
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