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  • Consulta : 214513
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 341375

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted fue despedido, como lo señala en su consulta, el 7 de noviembre de 2013, y a la fecha no ha entablado ninguna demanda en contra de la empresa en la que fue despedido, déjeme decirle entonces que su derecho a reclamar la indemnización constitucional y prima de angiüedad, ya prescribió, pues la demanda debió presentarla ANTES de que transcurrieran dos meses, contados a partir de la fecha en que fue despedido.

    En tal caso, solamente podrá demandar el pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, así como el fondo de ahorro, para lo cual, deberá iniciar el juicio antes de que transcurra un año.