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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Noviembre de 2013 17:36 2013-11-20 17:36 desde IP: 189.134.241.25
Por ser ley 73 efectivamente debes tener al menos 500 semanas cotizadas para tener derecho a pensión. ¿Cuando dices q te diste de baja quieres decir q renunciste o q solo dejaste de cotizar? De cualquier manera eso es una mala decision. Cuando dices q cotizarás nuevamente hasta el 2018 por un ańo te refieres a través de un patron o en régimen voluntario? De nada te servirá cotizar por un año con salario alto si no acumulas semanas cotizadas. La cuantía de la pensión se determina por tres variables la edad, tu promedio de cotizacion salarial de los últimos cinco años cotizados y del número total de semanas acumuladas. En pocas palabras de lo q se trata es sumar el mayor número de semanas cotizadas con el mayor salario de cotizacoion los ultimos cinco años. Ah y no se te ocurra pedir retiro por desempleo.
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