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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Noviembre de 2013 11:23 2013-11-25 11:23 desde IP: 200.67.141.101
Buenos días
Los terrenos ejidales perecen al núcleo ejidal y a nadie más, y es el núcleo ejidal a través de la asamblea ejidal quien puede transmitirlo enajenarlo venderlo CEDERLO donarlo o lo que sea... lo que puede hacer tu abuelo es adquirir el dominio pleno de su parcela o terreno, y después podrá realizar la trasmisión legalmente...
De momento a mi parecer el terreno sigue siendo parte del ejido, por lo que en teoría no tiene usted ni su abuelo ningún derecho sobre el mismo.
El documento que ostenta derechos sobre terrenos ejidales es el "certificados de derechos agrarios" o "certificados parcelarios" se obtienen en el RAN
Pueden variar los datos proporcionados dependiendo de fechas y reglamentos internos
Espero sea de utilidad mi respuesta
Cualquier cosa estoy a sus ordenes
Lic. Luis Alberto Garcia
0445513555318
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