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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Noviembre de 2013 16:04 2013-11-15 16:04 desde IP: 201.141.30.234
rigo_1608_NR
Ninguna persona puede vender lo que no le pertenece. Para venta de manera previa deben tramitar el juicio sucesorio y una vez que nombren un albacea sera este quien ejercite la accion legal correspondiente para obtener la escritura del inmueble para posteriomente venderlo.
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