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  • Consulta : 214028
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 332291

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si no es inscrito y aceptado en el registro publico el dercho de paso... no forma servidumbre de paso... y por tanto.... no es ni sera derecho de via....y el dueño de la propiedad... puede sin ningun permiso... cerrar ese paso o servidumbre... tenga el tiempo que tenga...ya que este apso debe estar en escritura publica y debe estar inscrito... es una excepcion las servidumbres de aguas....rios... riachuelos...rumbas...