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  • Consulta : 214023
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 332171

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Así es... es decir la notificaron el 31, y comienza a surtir efectos a partir del día siguiente hábil, que según yo fue el 01, pero bueno,  igual y es el 4 en su Estado, aunado a que el 110 de la ley que cita dice algo sobre alimentos, pregúntele a la pasante... checar también el 143, pero también el plazo es muy claro, y son 5  días, cinco días, según el art. 574, que fueron día 4, 5, 6, 7, 8,  el 9 sábado ya era el día seis,  por lo tanto, tuvo razón el Juez al dictar que el día 11 ya chiras pelas.

    Ni modo,  pero el pasante o la pasante aprendio una gran lección. claro, a su costa de asté.