Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 213946
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 332118

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Calamarín, con el debido respeto, el derecho a recibir alimentos es, entre otras cosas, irrenunciable y tampoco puede ser objeto de convenio; con mayor razón, cuando los alimentos decretados judicialmente, son en favor de los hijos, no de la madre; por tanto, ella no puede llevar a cabo ningún convenio en el que, en perjuicio de los menores, renuncie al derecho que tienen los niños de recibir alimentos.

    Además, no debes pasar por alto que en todas las cuestiones inherentes a los menores, el Ministerio Público tiene internvenciín y, evidentemente se opondría a que un acuerdo de tal naturaleza fuera aprobado por cualqujier juez, y si a pesar de su oposición el juzgador lo aprueba, al interponer el representante social el recurso de apelación, hecha para abajo tal determinación.