- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 213848
- Autor : calamarin
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 700
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6729
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 332017
-
Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Noviembre de 2013 18:06 2013-11-13 18:06 desde IP: 201.152.235.85
Hay vilaciones a las Garantias Individuales y Derechos Humanos, cuando una Sentencia Causa Ejecutoria una vez transcurrido el tiempo para inconformarse y nadie lo hizo no se admite recurso alguno.
El mismo articulo 23 Constitucional lo establece.
Artículo 23. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.
Tiene Usted una mala defensa que no hace valer tal violacion Constitucional.
Saludos.
-
Autor





