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AutorRespuesta No: 331968
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Noviembre de 2013 22:59 2013-11-12 22:59 desde IP: 201.141.3.170
La señora "N" se subroga en los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento celebrado anteriormente por la señora "Z", siga usted pagando la renta a "N". Por lo que no hay necesidad de celebrar un nuevo acuerdo de voluntades.
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