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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Noviembre de 2013 18:47 2013-11-11 18:47 desde IP: 201.141.119.113
Se puede revocar la donación si el hijo es ingrato con el donador, cuanta con un año a partir de la ingratitud. También se puede revocar si el bien inmueble compone la totalidad del patrimonio del donador y por último, si la donación se realizó en perjuicio de acreedores.
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