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  • Consulta : 213574
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En el HIPOTETICO CASO que asi fuera CLARO que puede promover un amparo auqnue estoy seguro no habria necesidad por lo siguiente:

    El M.P. debe hacer las investigaciones del caso para armar debidamente su av. previa. Si un MP. no integra su av previa en forma el Juez Nunca emitira un auto de formal prision o de sujecion a proceso ... debe haber quedado demostrado plenamente en la averiguacion previa la perticipacion del activo en el acto.

    Y peor aun... si el MP no solo no investigo (por ende no hay pruebas acusatorias) sino que el Juez dicta auto de sujecion a proceso o de formal prision... se lleva toda la etapa procesal del Juicio y DICTA SENTENCIA sin pruebas CLARO QUE PUEDE USTED AMPARARSE.

    Pero dudo mucho que aso asi sea.... si esta proximo a resolución y no hay pruebas dictaran sentencia absolutoria .. pero podria ser tambien que quiza a juicio de usted no se haya desahogado debidamente la investigacion osea haya deficiencias en la misma pero que aun asi, la defensa haya sido pobre y lo declaren culpable.. USTED PUEDE PROMOVER EL EMPARO pero seguro no lo ganara pues el Juez de Distrito le dira que tuvieron su momento para demostrar en Juicio su inocencia y no fue asi... en fin puede ser muchas cosas segun el delito que se trate las pruebas aportadas tanto de cargo o de descargo.. pero A SECAS contestando su pregunta SI PUEDE ampararse...