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  • Consulta : 213516
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 331674

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es mentira lo que ha entendido. La muerte no extingue ni derechos ni obligaciones. El cincuenta por ciento de la sociedad conyugal debe denunciarse en un juicio sucesorio.