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  • Consulta : 213513
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 331883

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Consultante:

    Si su hermano tiene un adeudo, pueden embargarle a Usted sus cosas sino tiene como comprobar que son sus bienes muebles e inmuebles.

    Si el deudor vive en mismo domicilio que Usted se presume que los bienes que se encuentran en el interior son de él. exceto cuando se demuestre con algun documento como facturas que son de Usted.

    Enn el momento que se presente el actuario le hara el requierimieto del pago si en ese momento no paga, le embargara bienes que garanticen la cantidad del adeudo y prteriomten le emplazara entregandole copias de la demanda. por lo que debera contestar esa demanda dentro de los siguientes ocho dias habiles.

    Saludos.