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  • Consulta : 213499
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 331660

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia que usted se encuentre inscrito en el Seguro Social bajo el régimen 40 del Seguro Social, motivo por el cual la Institución no le proporciona servicio médico, deberá ser el propio Instituto quien deba llevar a cabo el dictamen de invalidez, para lo cual, deberá practicarle todos los estudios médicos y de gabinete que sean necesarios para ello