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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Abril de 2014 20:45 2014-04-06 20:45 desde IP: 201.124.32.249
maxime aun a lo que le sugiere la abogada que me antecede, al tener una sentencia de un juez en donde se condena al deudor alimentario al pago de X porcentaje de pensión alimenticia, usted podra acudir con una copia certificada a la agencia del Mp mas cercana a su localidad a efecto de iniciar una querella por el delito de incumplimiento, solicitando se de intervención al pèrito en contabilidad a efecto de que cuantifique hasta la fecha cuanto es lo que no ha ministrado el deudor, con ello el Mp solicitara una orden de aprehensión contra el probable responsable! el MP ES SU ABOGADO... como representande social tiene la obligación de dar cabal cumplimiento a la investigación y procurar que cese el delito asi como solicitar la reparación del daño! saludos
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