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  • Consulta : 212962
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 330965

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    De acuerdo a la cuantía, la sentencia no es recurrible a través del recurso de apelación; lo único que le queda es el amparo directo, en el que tendría que expresar conceptos de violación relativos tanto a las formalidades del procedimiento, como lo sería en todo caso un legal desechamiento de las pruebas, como a las cuestiones de fondo de la propia resolución.

    En todo caso, de negársele el amparo, ganaría alrededor de cuatro o cinco meses antes de que pudiera iniciar el acreedor la ejecución de la sentencia.