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  • Consulta : 212923
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo que debe hacer su esposo, es promover dentro del Juicio de Alimentos en que se decretó la pensión alimenticia, el incidente de cancelación de pensión, a fin de que, en la sentencia interlocutoria que dicte el juez del Juicio Familiar Oral, decrete que ha cesado la obligación de él a proporcionar alimentos a su hijo, y una vez que dicha resolución cause ejecutoria, hasta entonces se ordenará que su esposo deje de proporcionarle alimentos al hijo.

    En dicho incidente su esposo deberá demandar tanto a la madre como al hijo.

    Si el hijo de su esposo, actualmente se encuentra cursando un grado académico que no corresponde con la edad que tiene, no tiene derecho ya a que su padre continúe proporcionándole alimentos.