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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Noviembre de 2013 17:18 2013-11-04 17:18 desde IP: 187.162.210.121
A disposicón del Ministerio Pública eudan los dos, usted y su vehículo.
Usted, como probable responsable de la comisión del delito de daño en propiedad ajena, y el vehículo para garantizxar el pago del daño causado.
Por otra parte, si usted sostiene que fue impactado por otro vehículo que lo proyectó en contra de la camioneta que se encontraba estacionada, entonces deberá acreditar que, efectivamente, así sucedió; de otra forma y dado que los daños sufritos por el automotor de la señora fueron causados por su automóvil, usted tiene que responder de ellos.
En cuanto al monto de los daños que reclama por la cantidad de $ 90,000.00, usted no está obligado a pagarlos, sino solamente a llevar a reparar la camioneta de la señora, lo que podrá hacer con alguna persona de su confianza que haga la reparación adecuadamente, a fin de que la afectada quede satisfecha.
Y entre más tarde en arreglar el vehículo de la señora, que en todo caso, después podrá exigir del propietario del vehículo que le dió a usted el golpe que lo proyectó en contra de aquél, el pago de los daños que usted reparó; porque si se espera a que encuentren al que usted dice es responsable, cuando ello suceda, si es que ocurre, tendrá que pagar al corralón, además de los gastos de maniobras, grúa y arrastre, la pensión diaria por todo el tiempo que estuvo su automóvil ahí.
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