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  • Consulta : 212833
  • Autor : CyNasociados
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    Respuesta No: 330832

  • CyNasociados
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, lo que pueden hacer es emanciparse, para esto deben casarse, al casarse ustedes serán tratados como adultos ante los ojos de la ley y pueden hacer su vida en pareja como cualquier pareja mayor de edad.

    Código Civil, Estado de México

     
    De la emancipación 
     
    Artículo 3.28.- En los casos de emancipación, será suficiente para acreditarla el acta de matrimonio. 

    De la emancipación

    Artículo 3.28.- En los casos de emancipación, será suficiente para acreditarla el acta de matrimonio. 

     

     

     
    De la emancipación 
     
    Artículo 3.28.- En los casos de emancipación, será suficiente para acreditarla el acta de matrimonio.