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Fecha de respuesta: Domingo 03 de Noviembre de 2013 12:46 2013-11-03 12:46 desde IP: 187.162.210.121
Si lo despiden injustificadamente, asístase de un Abogado especialista en Derecho Laboral. no un estudiente o pasante, y menos coyote o tinterillo; él sabrá las prestaciones que de manera particularizada le corresponden, dependiendo si en la empresa para la que trabaja, rige o no un contrato colectivo de trabajo.
Las prestaciones que contempla la Ley Federal dekl Trabajo, solamente son:
3 meses de salario integrado, por concepto de indemnización constitucional;
12 días de salario por cada año de servicios prestados, los que se pagan con una cantidad máxima equivalente a dos veces el salario mínimo general del área geográfica en que se ubica el centro de trabajo; prestación que, como ya lo señalé, puede ser superior en el contrato colectivo de trabajo;
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios cumplidos, si no se las otorgaron, así como la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por el período de tiempo trabajado después de cumplir el útimo año de servicios:
Aguinaldo proporcional al tiempo larborado durante 2013, prestación que la Ley señala de 15 días por año de servicios completo, pero que en el contrato colectivo podrá contemplarse con un monto superior.
Salarios devengados al momento del despido y, si trabajo y no le pagaron, tiempo extraordinario y días de descanso obligatorio trabajados.
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