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  • Consulta : 212558
  • Autor : saul154
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  • Autor
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  • saul154
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Supongo que su hermana se va a jubilar y por ende pensionar por edad y años de servicio, es asi?, bueno le explico que la pension se calculara en base al salario de la plaza que ocupa, olviden los ingresos extras, la pension es excusivamente sobre el monto de la plaza. No, no hay liquidacion alguna, a lo mas tiene derecho al periodo prejubilatorio y a la devolucion de los recursos de Fovissste y SAR siempre y cuando este dentro del articulo 10 transitorio de la ley del issste. Ahora que si opto por la ley nueva o sea cuentas individuales no habra recuperacion de recursos puesto que todos se aplicaran al pago de la pension. Tampoco hay liquidacion. No la estan despidiendo esta renunciando para obtener la pension.