- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 212429
- Autor : wofito2088
- Consultas en Foro: 32
- Respuestas en Foro: 1416
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6735
-
: 31 % -
: 68 %
-
AutorRespuesta No: 330528
-
Fecha de respuesta: Martes 29 de Octubre de 2013 18:21 2013-10-29 18:21 desde IP: 187.172.212.248
Si,es así, se toman 150 semanas para cálculo de pensión de invalidez o viudez y se confronta esa tabla con la última registrada. Si se va a calcular pensión de cesantía o vejez debe haber cotizado cuando menos 500 semanas antes de la fecha señalada. El sustento legal son los transitorios del decreto de. Diciembre de 1990
-
Autor





