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  • Consulta : 212265
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 330401

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Antes de viajar a Zacatecas le sugiero llame al Registro Civil para preguntar si existe alguna circular o algo que les permita anular un nombre EN VIA ADMINISTRATIVA.

    Por ejemplo Guanajuato... en su articulo 141 del Código Civil si contempla la posibilidad que en la via ADMINISTRATIVA DE ACLARACION cuando se demuestra con documentales publicas que la titular del acta no utiliza uno de los dos nombres que aparecen en su acta, se puede proceder a ELIMINARLO (solo se estimaría si se hará por aclaracion o Rectificacion administrativa atendiendo a las documentales que presente y si se cuenta o no con apendices)

    Pero otros estados no lo contemplan... por lo que a diferencia de la consulta que acabo de responder, si el Codigo civil de Zacatecas no lo contemplaré ,...TENDRÍA QUE SER JUDICIAL si alla no se contempla la rectificacion administrativa (por ello mi sugerencia que llame a registro Civil de zacatecas antes de contratar abogado)

    Y con respecto a su segunda pregunta.. NOOO no puede usted demandar o corregir desde Mexicali.... señala el codigo de procedimientos civiles de TODOS los Estados del pais.... ES JUEZ COMPETENTE EL DEL DOMICILIO DEL DEMANDADO..o deberá demandar del Oficial o Juez del registro Civil la adecuación del acta de nacimiento de su señora madre, sera aquel lugar y no Mexicali el competente para conocer sobre ello.

    Saludos