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AutorRespuesta No: 330377
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Octubre de 2013 22:11 2013-10-27 22:11 desde IP: 187.162.210.121
En primer ligar, permalink no le ha dado ninguna respuesta, ya que ese es el enlace con el número de respuesta asignado por el sistema de México Legal; el nombre de quienes han opinado, se encuentra en la parte superior, y a un lado del ícono de identifica si quien da la orientación es abogado (un dubijo con ntoga y birrete) o quien no es profesionista (un lápiz).
En segundo lugar y respecto al ofrecimiento que le hace el abogado de la actora, el convenio debe ser presentado ante el juez que conoce del juicio, a fin de que ambas partes lo ratifiquen y soliciten se eleve a la categoría de sentencia ejecutoriada, quedando así las partes obligadas a estar y pasar por él en todo tiempo y lugar.
La única recomendación que le hago es que, no firme ningún convenio si no está asistido de un abogado especialista en Derecho Mercantil, que revise detenidamente todas y cada una de las cláusulas del convenio, verificando que de su contenido se desprenda la certeza del ofrecimiento de la quita de intereses moratorios.
Si el abogado del actor no quiere que el convenio sea presentado ante el juzgado y ratificado por él, no firme nada ni le entregue ninguna cantidad de dinero, ya que solamente lo que buscará es obtener de usted un lucro que después no reconocerá en el juicio; mejor que su abogado haga la consignación de las cantidades que usted pueda ir cubriendo durante la tramitación del juicio, haciendo expreso señalamiento que deben ser aplicadas al capital, y no a intereses, ni ordinarios ni moratorios.
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