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  • Consulta : 212153
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 330261

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, si quien le vendió el inmueble era el dueño del terreno y tenia escrituras, por lo que al venderle se siguió la misma formalidad, es decir, se hizo ante notario la compraventa (Escritura Publica) y se inscribió en el Registro Publico el bien, no pueden quitarle a usted nada, ya que el terreno salió del patrimonio del señor y ahora es suyo. Lo que no le causaría mayor problema

    Si el inmueble es del señor que le vendió pero no se hizo con escritura publica, puede demandarse la acción pro forma (Que se haga la Escritura Publica) y se excluye del patrimonio de la masa hereditaria a través de una tercería excluyente de dominio (Procedimiento para que su casa no forme parte de la herencia).

    Ahora, si el inmueble no fuera de la persona que le vendió, pero se tiene constancia ante Notario Publico de la compraventa, puede ejercitarse la prescripción o usucapión de acuerdo a lo que establezca el Código Civil de su localidad para apropiarse del bien. Esto es que se le declare dueña por el tiempo que ha poseído el inmueble.

    Por lo que hemos leído no debería tener más contratiempo, pero si tiene dudas, comentarios o preguntas, háganoslo saber y con gusto le ayudaremos.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.