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  • Consulta : 211907
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 330063

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si su esposo le comenta a usted que no ha cometido ningún delito, y a pesar de ello se ha girado una orden de aprehensióin en su contra, ciertamente no es sincero con usted, ya que ningun juez gira una orden de captura si no se encuentran colmados los requisitos del artículo 19, constitucional; esto es, que exista denuncia, acusación de querella en su contra ante el agente del Ministerio Público, y éste, del estudio de las diligencias practicadas y las constancias que obren en la carpeta de investigación, encuentre debidamente acreditados los elementos materiales del cuerpo del delito y la probable responsabilidad penal del acusado.

    Con independencia de ello, su esposo necesita la asistencia de un abogado especialista en Derecho Penal, quien podrá impugnar la orden de aprehensión girada en contra de su esposo antes de que se cumplimente, a través de un amparo.