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  • Consulta : 211649
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 329807

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el sr debe seguirproporcionando la pension alimenticia si es q no quiere ir a dar a la carcel y eso no ha esta a discusion o su estado de animo si quiere o no quiere dar es q tiene y debe dar pension alimenticia.

    por otra parte debe demandar a la señora la convivencia familiar esosi el sr tendra q trasladarse al donde este la menor, pero si se consigue a un buen abogado en materia familiar puede hacer q la señora se regrese a donde estaba toda vez q no dio aviso de su cambio de domicilio hay precedentes de esto

    y la señora si puede hacer algo en contra de alguna propiead presente o futura  del sr pero solo podra empbargar para efectos de garantizar la pension alimenticia y nada mas si el sr cumple oportunamente con todos sus pagos en cuanto sea tiempo de cancelar dicha pension la casa sera desgravada y la hija tendra el derecho a heredar y a naa mas en ese bien y en todos los q adquiera posteriormente el sr