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  • Consulta : 211647
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 329806

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    De conformidad con los artículos 82, 83 y 84, de la Ley Federal del Trabajo, el salario es la retribución que el patrón debe pagar al trabajador por su trabajo, retribución que puede firjarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquer otra forma, y se integra por los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su servicio.

    En consecuencia, su salario mensual es de $ 8,623.450, y se encuentra constituido por $ 5,623.50 que resultan del salario diario de $ 187.50, más los $ 3,000.00 de la compensación mensual.