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  • Consulta : 211392
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 329450

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Claro que se puede adueñar, sólo acuda al registro Público de la Propiedad para que le informen a nombre de quién está el predio, posteriormente lo localiza, si no le es fácil encontrarlo contrata a un investigador privado para que lo encuentre, una vez que lo encuentre le dice que le quiere comprar su propiedad y en cuanto se lo vende, si el investigador le dice que ya murió el propietario entonces busca a los herederos y si llegan a un acuerdo, y si le llega al precio pacta y escritura a su nombre.