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- Autor : HUMBERTO QUESADA V
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Octubre de 2013 23:08 2013-10-16 23:08 desde IP: 201.141.206.66
Si todo volvió al estado original, se puede volver a demandar de inmediato, solo habría que ver la cuestión de la prescripción pero en realidad hacen falta mayores datos para darle una adecuada asesoría, por ejemplo, es usted actor o demandado.
Saludos,
Lic. Humberto Quesada V.
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