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  • Consulta : 211227
  • Autor : ALFONSO ROBLES
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  • Autor
    Respuesta No: 329258

  • ALFONSO ROBLES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Susy.  

    En relacion a sus dudas, de manera respectiva le digo.-

    Si hay cambio de albacea, no pierde su derecho de heredera.

    Mas que inlfuir en la desicioin de los demas herederos, le corresponde sugerir o realizar un proyecto de reparticion.

    Si es mas facil, pero hay que agotar el procedimiento ante el juzgado, para que se envie o continue con el Notario designado.

    Esperando haya sido util mi aportacion.

    para mas detalles o asesoria, puede visitar mi oficina.