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AutorRespuesta No: 329239
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Octubre de 2013 09:30 2013-10-16 09:30 desde IP: 187.162.210.121
Si la casa la recibió su madre por herencia de su abuelo (aunque en realidad debió de ser una donación, ya que no se hereda en vida), su padre no tiene derecho a ella en caso de que se divorciaran, toda vez que aún cuando se hayan casado bajo el régimen de sociedad conyugal, a ésta solamente ingresanlos bienes que los cónyuges hayan adquirido durante su matrimonio, no los que se hayan recibido por donaciópn, herencia o la fortuna, ya que éstos, pertenecen y seguirán perteneciendo a quien de esa forma adquirió la propiedad.
Ahora bien, no señala ustd la edad que tiene, ni la de sus otros hermanos, pero en el caso que cualquiera de ustedes sea menor de edad, o aún habiéndola adquirido siga estudiando y esos estudios sean acordes a su edad, pueden demandar a su padre el pago de una pensión alimenticia, igual que puede hacerlo su madre, si carece de ingresos propios para satisfacer sus necesidades.
En el caso que su madre, una vez que sea debidamente asistida por un abogado especialista en Derecho de Familia y que dicho profesionista conozca a detalle las circunstancias en que se han dado los conflictos entre sus padres, esté en aptitud de determinar si existe o no alguna causal de divorcio necesario que permita promover el juicio correspondiente, conjuntamente con la demanda de divorcio puede solicitar del juez diversas medidas provisionales, entre las que se encuentra la separación de los cónyuges, para que su padre sea obligado a vivir de la vivienda, llevándose únicamente su ropa y articulos de uso personal, y quedando a vivir ahí ustedes y su madre, e inclusive, imponer a su padre la prohibición para que acuda al domicilio en que viven o a algún lugar específico, a fin de evitar actos de violencia intrafamiliar y que se causen daños en los bienes o las personas.
Todo ello, le reitero, deberá hacerlo una vez que acuda con un abogado especialista en Derecho de Familia de su confianza.
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