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AutorRespuesta No: 328910
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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Octubre de 2013 02:11 2013-10-13 02:11 desde IP: 201.141.101.113
No, no pueden ejercer acción penal por deudas de carácter civil. Si quien le otrogó el crédito sin antes verificar su capacidad de pago, fue su responsabilidad, y quien le diga que hay fraude que se lo acredite con sentencia condenatoria y que se la exhiba.
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