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  • Consulta : 210879
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 328834

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted no ha promovido ningún juicio demandado el divorcio, no puede sacarla de la casa para que se vaya a vivir a otro departamento, pues por disposición expresa del artículo 150, del Código Civil del Estado de Chihuahua, los cónyuges deben vivir juntos en el domicilio familiar, por lo que si en el inmueble que actualmente habitan se constituyó la morada conyugal, ése es el domicilio familiar, y en él deben vivir los dos cónyuges.

    Su pretensión entonces, es que ella abandone esa morada conyugal, lo que resulta ser ilegal e inmoral, y si llega a ejecutarla, su esposa podrá demandarlo y pedir el aseguramiento judicial de la casa para que ella la continúe habitando, de conformidad con lo que señala el artículo 152, del propio Código Civil de Chihuahua

    Primero promueva el divorcio, ya sea por mutuo consentimiento o necesario, si tiene unsted alguna causal legal que pueda invocar, y hasta que la sentencia que dicte el juez en que declare disuelto el matrimonio cause ejecutoria, entonces podrá promover judicialmente que ella se salga de la casa, toda vez que en virtud de ese divorcio, dejó de constituir el domicilio familiar.