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AutorRespuesta No: 328657
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Octubre de 2013 20:20 2013-10-10 20:20 desde IP: 189.234.167.148
la patria potestad...la tienes desde que nacieron tus hijos y les reconociste ante el registro civil... no puedes pedir... lo que ya tienes... lo que tu quieres es la guarda y custodia... y no se te va a dar por ninguna razón.... causa o motivo... hasta la junta de menores que será cuando tu hijo mayor tenga 9 años...y si dice que se queda a vivir con su madre... ya no podrás hacer nada... puedes.... demandar el régimen de convivencia y ahí te darán días y horas... pero quitárselos... por nada...
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