- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 210421
- Autor : rosa isela
- Consultas en Foro: 7
- Respuestas en Foro: 7029
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 89 % -
: 10 %
-
AutorRespuesta No: 328286
-
Fecha de respuesta: Martes 08 de Octubre de 2013 11:04 2013-10-08 11:04 desde IP: 187.208.39.90
la separacion de cuerpos es una medida provisional y esta contemplada en el ccpc, por otra parte supongo ya estaran en la etapade alegatos por lo narrado por ti supongo ya pasaron la etapa probatoria esdecir ya casi termina tu juicio y tu abogado no te saca de ninguna duda o no le preguntas ponlo a trabajar q para eso le pagas ahora bien no mencionas de donde escribes por lo q no puedo informarte si el adulterio en el lugar donde tu radicas esta contemplado como delito ya q en muchas entidades federativas o no existe o nunca ha sido contemplao o ha sido derogado el adulterio como delito y no la constitucion ni ningun amparo te van a poder librar de algo q no sabemos si existe o no como delito....por lo demas como sea es un delito menor donde si esta contemplado y por lo general de inaplicancia legal es decir es casi casi letra muerta....mientras no termine tu juicio de divorcio yte decidas vivir con esta personano se configurara el concubinato ya q necesitas estar libre de matrimonio civil para q se de esta figura.
-
Autor





