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  • Consulta : 210151
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 327937

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional: $ 23,112.00

    Prima de antigüedad, 12 días de salario por año de servicios prestados: 68 días, que se pagan con el equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica "A" $ 129.52, total $ 8,807.36.

    Vacaciones proporcionales 10.66 días $ 2,739.20.

    Prima vacacional $ 684.80.

    Aguinaldo 2013, proporcional $ 3,210.00

    Salarios devengados y no pagados, media hora de desanso diaria para tomar alimentos, en caso que proceda, tiempo extraordinario y días de descanso obligatorio trabajados y no pagados.

    Contrate a un abogado especialista en derecho laboral, no estudiante ni pasante, y menos coyote o tinterillo, a fin de que presente la demanda en contra del patrón, antes de que transcurran dos meses contados a partir del dia siguiente al del despido.

    Adicionalmente, se demandan los salarios caídos desde la fecha del despido hasta por un máximo de 12 meses, y si el juicio lleva más tiempo o transcurrido ese lapso, el patrón no ha dado cumplimiento al laudo, a partir del doceavo mes, los intereses que se generen sobre el equivalente de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual.