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  • Consulta : 210115
  • Autor : SalinasAdvocatus
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    Respuesta No: 327900

  • SalinasAdvocatus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Buenas Tardes:

    Respondiendo a su pregunta, le comento que toda vez que usted renuncio, no le corresponde liquidación sino finiquito el cual es un documento realizado en papel por el que se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el patrón. Con su firma el patrón queda libre de abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes del patrón.

    El Finiquito se integra de la siguiente manera:

    *Sueldo de días laborados durante el mes;

    *Vacaciones de 6 meses que por ley son 8 días.

    *Prima vacacional que por ley son igual 6 meses.

    *Y por ultimo aguinaldo de 15 días por ley.

    Le recuerdo que estos datos que menciono son por ley, esto quiere decir que obligatoriamente se los tienen que pagar.

    Espero que la información proporcionada le sea de utilidad, cualquier aclaración, duda o información adicional que necesite quedo a sus ordenes.

    Saludos.