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  • Consulta : 210115
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 327898

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente, no le corresponde el pago de ninguna liquidación, sino solamente un finiquito que comprende el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, además de los salarios devengados y nopagados a la fecha de la renuncia.