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  • Consulta : 209930
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 327662

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola consultante,  antes que nada permitame decirle que es una obligación del padre de sus hijos proporcionar pensión alimenticia esten ustedes o no casados... esta obligación es irrenunciable e impreible, asi que si quiere hacerlo hagalo, pero no deje que el miedo la detenga! si el señor renuncia a su trabajo esta poniendose en un estado de insolvencia para evadir su obligación y esto es materia penal  y por desde luego estara jugando con su libertad el sujeto! por otro lado le comento que el porcentaje  puede variar, para 2 hijos puede ser entre un 25 a un 35% de los ingresos netos del deudor alimentario,  asi que no lo piense mas! y  contrate los servicios de un  abogado especialista en materia familiar o si no tiene para costear los honorarios acuda a la defensoría de oficio a efecto de que se le proporcione un abogado "de oficio" y que este ultimo la represente!  saludos