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  • Consulta : 209866
  • Autor : LIC. OSCAR G.
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    Respuesta No: 368895

  • LIC. OSCAR G.
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada forista, le pido una disculpa en lo personal  por la poca etica de algunos compañeros que utilizan su espacio para discutir.

    Quiero decirle que usted no puede demandar por adulterior a su concubina,  en primera porque ya no existe el adulterio, asi lo vea usted en su misma cama y en su porpia casa.

    Usted mismo ha dicho que viven en union libre o en el concubinato y por ese simple echo no puede llevarse o quedarse con lamenor, en este caso tendria que ver a un abogado de su Entidad  Federativa y le diga las causales para que la madre pueda perder la patria potestad.  En algunas Entidades Federativas, em su Código Civil tipifican que si la madre o el padre abandonan al hijo ( en este caso no sabemos si la madre deja encargada al menor o lo lleva con ella para cuando se vea con su amante) o su depravados ( aqui tendriamos que ver y estudiar psicológicamente por medio de un perito si la niña ha visto a  su madre hacer cosas con otra persona)  pierden el derecho de la patria potestad.