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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Octubre de 2013 10:43 2013-10-02 10:43 desde IP: 187.201.243.250
Consultante CUIDADO CON EL CONSEJO QUE LE DIO LA LIC. ROSA ISELA, porque sí Usted abandon el domicilio en el que actualmente vive con su concubina, llevándose sin su consentimiento ó SIN ORDEN DE AUTORIDAD COMPETENTE A SU MENOR HIJA, SU CONCUBINA LO PUEDE DENUNCIAR PENALMENTE POR LA PROBABLE COMISIÓN DEL DELITO DE SUSTRACCIÓN DE MENORES, EL CUAL POR CIERTO ES DELITO GRAVE, así que cuidado.
Lo que su Servidor le sugiere es que SI DECIDE ABANDONAR A SU CONCUBINA LLEVÁNDOSE A SU MENOR HIJA, LO HAGA LEVANTANDO PARA ELLO UN ACTA ESPECIAL ANTE EL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE SU LOCALIDAD, para el efecto de tener una prueba documental pública con la cual justifique el por qué se llevó a su menor hija, sin el consentimiento de su concubina, y así evitar que se típifique delito alguno en su contra, saludos.
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