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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Septiembre de 2013 23:46 2013-09-30 23:46 desde IP: 187.186.51.168
Hola buena noche, espero poder ayudarlo de verdad me parece muy interesante su situación aunado a que me encantan los retos
Para comenzar, quisiera saber más datos acerca de caso, como lo es:
1. La cantidad de legatarios (hermanos que hay).
2. en qué año se iniciaron los respectivos juicios de sus padres.
3. Quien a sido considerado como albacea.
Ahora tratare de ser claro para poder dilucidar sus dudas “ las facturas NO se endosan, puesto que no son títulos ejecutivos” en dado caso estaríamos en una cesión de derechos, si esto lo hizo su mamá en vida pues las facturas quedan fuera de la masa hereditaria, ahora para los negocios como lo son los aserraderos a la hora de partición solo se hace la mención de la existencia de dichos negocios y se designa a algún administrador, donde el albacea tendrá que pagar sus honorarios hasta en tanto sepan a quien le pertenecerán.
Entendido que espero sea esto si primero falleció su padre debió de hacerse el respectivo juicio, donde se debieron repartir el 50% del haber hereditario, ya que el 50% le pertenece a su señora madre, esto si se casaron que es lo más común por sociedad conyugal.
Si ambos fallecieron en un mismo siniestro o por pocos meses primero su padre y después su madre, debió presentarse el acta de defunción de su madre al juicio de su padre para poder repartirse entre los hijos o quienes tengan derecho el 100% del caudal.
Con relación directa a su pregunta de que fue un actuario fue a verlo, debo de decirle que quien rinde cuentas en un juicio sucesorio es el albacea, si usted no es albacea no tiene por qué preocuparse, y recuerde nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter civil; me gustaria saber mas detalles, para poder ayudarle en su asunto me pongo a sus ordenes
Espero te sea de ayuda mi opinión. Atentamente Abogado especialista en derecho Civil y Mercantil, te invito a síguirme en twitter en AbogadoCsar y en facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1
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