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  • Consulta : 209583
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 327293

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo más común en un robo de vehículo automotor, es acudir de inmediato el MP para denunciar el robo y a las autoridades de tránsito federales y locales para que tengan conocimiento del robo. Sin embargo muy pocos acuden a la Secretaría de Finanzas para dar de baja el vehículo, luego entonces no hay forma que la autoriodad fiscal tenga conocimiento alguno del robo del vehículo y por lo tanto al no darlo de baja las obligaciones tributarias están vigentes. De nada le servirá demandar la nulidad ante autoridad administrativa alguna. Pudiera demandar a la aseguradora, pero todos sus cotratos (Que de seguró Usted firmó sin leer) los libera de cualquier responsabilidad de esta naturaleza.