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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Septiembre de 2013 00:09 2013-09-30 00:09 desde IP: 201.141.96.177
Lo más común en un robo de vehículo automotor, es acudir de inmediato el MP para denunciar el robo y a las autoridades de tránsito federales y locales para que tengan conocimiento del robo. Sin embargo muy pocos acuden a la Secretaría de Finanzas para dar de baja el vehículo, luego entonces no hay forma que la autoriodad fiscal tenga conocimiento alguno del robo del vehículo y por lo tanto al no darlo de baja las obligaciones tributarias están vigentes. De nada le servirá demandar la nulidad ante autoridad administrativa alguna. Pudiera demandar a la aseguradora, pero todos sus cotratos (Que de seguró Usted firmó sin leer) los libera de cualquier responsabilidad de esta naturaleza.
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