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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 09:30 2013-09-27 09:30 desde IP: 187.162.210.121
El exhorto que recibió, es una instrucción que el patrón para el que presta sus servicios, le gira explícitamente las órdenes para que cumple con el trabajo para el cual fue contratada, e implícitamente, contiene una advertencia: si deja de hacer lo que está obligada en virtud del contrato de trabajo, incurre en una desobediencia a las órdenes del patrón, lo que constituya en una causa justificada para que se le rescinda su contrato de trabajo.
Por tanto, no necesita dar ninguna contestación al exhorto, ya que su finalidad no es originar una relación cartular, y evidentemente, si le fue enviado, es porque existe ya el antecedente en su expediente, que incumple con sus obligaciones.
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