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  • Consulta : 209373
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo que origina la existencia de la relación de trabajo, no es la forma en que el trabajador recibe su salario, sino que entre él y empleador exista una relación de subordinación.

    Si ustedes estaban suejtos a un horario determinado; si las labores que realziaban las llevaban a cabo empleando equipo y recursos materiales proporcionados por quien los contrató; si sólo hacían las labores que expresamente les seran señaladas, entonces ustedes tenía una relación de trabajo y como consecuencia de ello, ante el despido injustificado de que fueron objeto, deben acudir a la Junta Local de conciliación y Arbitraje, debidamente asistidos de un abogado especialista en materia laboral al que previamene tienen que contratar, para que inicie los trámites y presente la demanda correspondiente.

    Si el patrón no era un particular, sino una dependencia del gobierno estatal o municipal, o empresa descentralizada, entonces la demanda deberá ser presentada ante el Tribunal Estaatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México.