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AutorRespuesta No: 327008
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2013 17:30 2013-09-26 17:30 desde IP: 187.162.210.121
Lo que origina la existencia de la relación de trabajo, no es la forma en que el trabajador recibe su salario, sino que entre él y empleador exista una relación de subordinación.
Si ustedes estaban suejtos a un horario determinado; si las labores que realziaban las llevaban a cabo empleando equipo y recursos materiales proporcionados por quien los contrató; si sólo hacían las labores que expresamente les seran señaladas, entonces ustedes tenía una relación de trabajo y como consecuencia de ello, ante el despido injustificado de que fueron objeto, deben acudir a la Junta Local de conciliación y Arbitraje, debidamente asistidos de un abogado especialista en materia laboral al que previamene tienen que contratar, para que inicie los trámites y presente la demanda correspondiente.
Si el patrón no era un particular, sino una dependencia del gobierno estatal o municipal, o empresa descentralizada, entonces la demanda deberá ser presentada ante el Tribunal Estaatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México.
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