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AutorRespuesta No: 326985
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2013 12:57 2013-09-26 12:57 desde IP: 187.162.210.121
Si ya investigó y se dió cuenta que no es posible, aquí no encontrará una respuesta distinta.
En efecto, derivado del reconocimiento que su padre hizo de usted, como hijo suyo al comparecer ante el oficial del Registro Civil que levantó la partida de su nacimiento, por disposición expresa de la Ley Civil, dicho funcionario asentó como sus apellidos, el paterno de su padre y el paterno de su madre, y serán esos los que debe llevar, aunque usted no tenga deseo de compartir nada con su ascendiente biológico.
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