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  • Consulta : 209317
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Ha sido muy fácil para el abogado que consultó, que evidentemente, en caso de ser profesionista, desconoce totalmente la materia mercantil,  que debe culparse al juez que conoció del juicio ejecutivo mercantil seguido en contra suya.

    Si como usted señala, una vez que fue notificada y emplazada a juicio, recurrió a un abogado para que contestara la demanda, opusiera excepciones y defensas y ofreciera pruebas, pero no estuvo dispuesta a pagarle los honorarios que debía percibir por su trabajo, es evidente entonces que dicho abogado no iba a trabajar gratis y, además, a cubrir de su pecunio los gastos del juicio, por lo que lo más obvio era que ante su desinterés, él no podía tampoco desahogar las pruebas que hubieran sido ofrecidas, ya que además de que, en el caso que se hubieran ofrecido testigos, usted es quien debía presentarlos al juzgado; si se propuso una pericial, usted debía pagar previamente los honorarios del perito, para que éste aceptara y protestara el cargo y en su momento, rindieran su dictamen; si se ofreció la confesional a su cargo y usted no compareció, entonces la declararon confesa.

    Y de todo ello, el juez no tiene ninguna responsabilidad, pues es a las partes a quienes les interesa la defensa de sus propios intereses, por lo que son quienes deben de estar al tanto del trámite del juicio.

    Y tampoco existe ningún fraude procesal por el hecho que los peritos, uno designado personalmente por la parte actora, y el otro por el juez en rebeldía suya al no haberlo designado ni pagado sus honorarios, hayan valuado su propiedad en la cantidad que fuera, pues finalmente, esos avalúos no son en función al valor que usted considera pudiera tener su propiedad, sino que se ajusta al real, al que rige el mercado y al que sus conocimientos técnico-científicos y experiencia, consideraron que era el que justamente le correspondía a su casa.

    Además, debo decirle, que el precio del inmueble en el remate, no era sobre la base del avalúo de los peritos, sino por las dos terceras partes de dicha valuación, por lo que no existe  razón entonces para que ahora se duela, si finalmente usted misma ha sido la responsable de todo ello, primero, por no haber pagado el documento que firmó a la persona que le hizo el préstamo, y después, por desinteresarse en un juicio en el que estaba en juego su patrimonio y la propiedad que ya perdió.

    Lo único que puede hacer, es acudir al juzgado para que, en caso que las cantidades a las que resultó condenada, fueran inferiores al producto de la venta, solicite le devuelvan el sobrante.